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disposiciones para casas de empeño 05 abril 2022

¿Cuáles son las nuevas disposiciones para casas de empeño: 05 ABRIL 2022 ?

Desde el año 2016, se ha publicado la norma oficial mexicana NOM-179-SCFI-2016, que cancela y sustituye a la NOM-179-SCFI-2007. Estas normas establecen que la Procuraduría Federal del Consumidor será el organismo encargado de regular la operación y el funcionamiento de las casas de empeño.


En estas disposiciones se señalan diferentes elementos que las casas de empeño o prestadores de servicios de préstamos prendarios, distintos de las entidades financieras, deben cumplir para poder operar en la República Mexicana.


Una de las disposiciones es contar con el registro y autorización del contrato, así como estar incluido en el Padrón del Registro Público de Casas de Empeño, el cual será autorizado por PROFECO, siempre y cuando cumpla con los requisitos de cada empresa.


A partir del 05 de abril de 2022, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación nuevas disposiciones, donde ahora PROFECO podrá solicitar lo siguiente:


1. Contratación de seguridad privada autorizada.

Las casas de empeño ahora deben contratar los servicios de seguridad privada provistos por empresas autorizadas por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a través de la Dirección General de Seguridad Privada. Esta medida tiene como finalidad garantizar la seguridad tanto de las instalaciones de las casas de empeño como de los clientes y el personal que allí labora. Es importante destacar que estas empresas de seguridad privada deben contar con licencia o autorización federal


2. Certificación de los valuadores.

Las casas de empeño deben contar con valuadores certificados por el CONOCER, con un documento que certifique la capacidad técnica de los valuadores que realicen la valoración de los objetos dados en prenda en el establecimiento.


El primer punto es muy claro: las casas de empeño deben contar con un servicio de seguridad privada que cuente con una licencia o autorización federal por parte de la Dirección General de Seguridad Privada.


En el segundo punto, se establece que ahora los valuadores deben contar con una certificación acreditada por el CONOCER. Es importante señalar que la interpretación, según lo indica la misma publicación, se refiere a "la valoración de los objetos dados en prenda en el establecimiento". Esto nos lleva a entender que la acreditación debe ser en las categorías de los bienes recibidos en empeño. Es decir, deben contar con el estándar de competencia para la valuación de alhajas y relojes, como el estándar de competencia EC0664, y otra certificación para la valuación de artículos varios en ventanilla, como el estándar de competencia EC0865. Estos estándares se aplican cuando la casa de empeño recibe en garantía artículos varios, electrónicos, herramientas, pantallas, computadoras, teléfonos, tablets, así como prendas de oro, joyería en general y relojes, tanto comerciales como de gama alta.


El CONOCER es una institución del Estado mexicano, adscrita a la Secretaría de Educación Pública (SEP), que coordina y promueve el Sistema Nacional de Competencias (SNC). Para obtener la certificación requerida, los valuadores de las casas de empeño deben someterse a una evaluación realizada por un evaluador autorizado por el CONOCER y un organismo certificador en conjunto.


La implementación de estas nuevas disposiciones fortalece la calidad y el respaldo en los servicios que ofrecen las casas de empeño a sus clientes. Al contar con servicios de seguridad privada autorizados y valuadores certificados, se brinda mayor confianza y protección tanto a los clientes como a las propias instituciones.


Si deseas obtener más información sobre estas leyes, normatividad y cumplimiento, así como en la capacitación y certificación en estos estándares de competencia, envíanos un mensaje y estaremos encantados de acompañarte en este proceso.📜


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