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Cumplimiento y prevención de lavado de dinero para actividades vulnerables

Si tu negocio es sujeto obligado ante la LFPIORPI — casa de empeño, inmobiliaria, constructora, joyería, agencia de vehículos — te ayudamos a cumplir sin frenar tu operación: alta, manuales, avisos, capacitación, auditoría y acompañamiento directo ante la autoridad.

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Lo primero

¿Tu negocio es una actividad vulnerable?

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) — conocida como Ley Antilavado — cataloga ciertas actividades como vulnerables. Si realizas alguna de ellas, eres sujeto obligado: debes darte de alta ante el SAT, identificar a tus clientes, integrar expedientes, presentar avisos cuando se alcanzan los umbrales y contar con controles internos.

Muchas empresas descubren que son actividad vulnerable cuando ya recibieron un requerimiento. Nuestro trabajo es que tú no seas una de ellas — o que, si ya lo eres, te regularices con el menor riesgo posible.

  • Empeño y mutuo con garantía prendaria
  • Compraventa de inmuebles y desarrollo inmobiliario
  • Construcción
  • Comercialización de joyas, metales y piedras preciosas
  • Compraventa de vehículos
  • Arrendamiento de inmuebles
  • Recepción de recursos en efectivo por umbrales
  • Y más fracciones del Artículo 17

¿No estás seguro de si tu actividad aplica? Un diagnóstico te lo dice en una sesión. Agenda tu diagnóstico gratis →

Nuestros servicios

Cumplimiento de punta a punta: del alta a la auditoría

Diagnóstico de cumplimiento

Evaluamos tu situación real: si estás dado de alta, qué obligaciones tienes, qué te falta y qué riesgo corres hoy.

Alta y regularización ante SAT y UIF

Te damos de alta como actividad vulnerable en el portal del SAT y, si llevas tiempo operando sin cumplir, diseñamos tu ruta de regularización.

Manuales y políticas PLD

Construimos tu manual de prevención de lavado de dinero, políticas de identificación y conocimiento del cliente (KYC), y criterios de beneficiario controlador.

Oficial de Cumplimiento y avisos

Formamos a tu responsable de cumplimiento — o lo acompañamos como asesores — y dejamos operando la presentación de avisos e informes en ceros en tiempo y forma.

Capacitación PLD

Entrenamos a tu equipo comercial y operativo para identificar operaciones con umbrales, integrar expedientes y no frenar la venta mientras cumplen. Conoce Capacitación y Certificación →

Auditoría y verificaciones

Auditamos tu cumplimiento como lo haría la autoridad, y te acompañamos en verificaciones, requerimientos y respuestas ante SAT y UIF.

Sector insignia

Casas de empeño: cumplimiento y acompañamiento ante todas las autoridades

Es el sector donde nacimos y el más regulado de todos: una casa de empeño responde a cinco autoridades a la vez. Te acompañamos desde la obtención de permisos y autorización hasta la operación cotidiana en regla.

  • PROFECO

    Registro Público de Casas de Empeño (RPCE), contrato de adhesión conforme a la NOM-179-SCFI-2016, avisos de publicidad y atención de verificaciones.

  • SAT

    Alta como actividad vulnerable, e.firma, obligaciones fiscales y presentación de avisos PLD en el portal.

  • UIF

    Criterios de identificación, beneficiario controlador, umbrales de aviso y respuesta a requerimientos de la Unidad de Inteligencia Financiera.

  • Secretaría de Economía

    Obligaciones registrales y normativas aplicables al giro comercial.

  • STPS

    Obligaciones laborales, constancias de capacitación y planes de formación del personal.

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¿Ya operas y necesitas regularizarte? Agenda tu diagnóstico gratis →

Por qué ahora

Incumplir cuesta más que cumplir

Las sanciones de la LFPIORPI se calculan en UMAs y pueden alcanzar millones de pesos por omisiones en altas, avisos o expedientes — además de clausuras, pérdida de registros y daño reputacional frente a bancos y clientes. La reforma de 2025 y el nuevo Reglamento endurecieron obligaciones y supervisión: el mejor momento para ordenar tu cumplimiento fue cuando iniciaste operaciones; el segundo mejor momento es hoy.

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años de experiencia en industrias reguladas

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capacitaciones impartidas

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acompañamiento ante la autoridad: no te dejamos solo en una verificación

“Recibimos un requerimiento de la autoridad y no teníamos Oficial de Cumplimiento. Nos acompañaron en la respuesta, regularizaron nuestros avisos y capacitaron a todo el equipo comercial en PLD.”
Georgina D., Directora de Inmobiliaria

Preguntas frecuentes sobre cumplimiento PLD

1. ¿Qué es un sujeto obligado ante la LFPIORPI?

Es toda persona física o moral que realiza alguna de las actividades vulnerables del Artículo 17 de la Ley Antilavado. Ser sujeto obligado implica darse de alta ante el SAT, identificar clientes, integrar expedientes, presentar avisos y contar con controles internos de prevención de lavado de dinero.

2. ¿Cómo sé si mi empresa realiza actividades vulnerables?

Depende de tu giro y de cómo operas: empeño, inmuebles, construcción, joyería, vehículos, arrendamiento y recepción de efectivo por umbrales están entre las actividades catalogadas. Un diagnóstico profesional revisa tus operaciones reales contra las fracciones del Artículo 17 y te dice con certeza si aplicas y en qué fracción.

3. ¿Qué pasa si nunca me he dado de alta y ya opero?

Estás en riesgo de sanciones por cada obligación omitida, y el riesgo crece con el tiempo. La buena noticia: existe ruta de regularización. Evaluamos tu exposición, te damos de alta y ordenamos tu cumplimiento minimizando el impacto.

4. ¿Qué son los avisos y los informes en ceros?

Los avisos son reportes que presentas al SAT cuando tus operaciones alcanzan los umbrales de la ley. Si en un mes no tuviste operaciones que los alcancen, en varios supuestos debes presentar informes en ceros. La periodicidad y umbrales dependen de tu fracción — parte de nuestro trabajo es dejarte un calendario claro de obligaciones.

5. ¿Necesito un Oficial de Cumplimiento?

Necesitas un responsable de cumplimiento designado y preparado. Podemos formarlo dentro de tu equipo, acompañarlo como asesores externos, o ambas: capacitarlo hoy y respaldarlo cada mes.

6. ¿Me acompañan si ya recibí un requerimiento o una verificación?

Sí. Analizamos el requerimiento, preparamos la respuesta y la evidencia, y te acompañamos durante todo el proceso ante la autoridad. Mientras antes nos involucres, más margen de acción tenemos.

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